Colombia emite proyecto de resolución para medición neta y generación distribuida
La Comisión de Regulación de Energía y Gas concluyó el proceso de consulta pública para el Proyecto de Resolución 121 de 2017 a finales de septiembre.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) de Colombia ha hecho público el Proyecto de Resolución 121 de 2017 para la regulación de las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el sistema interconectado nacional.
La resolución es la legislación secundaria necesaria para la aplicación del Decreto 348 del 1 de marzo de 2017 de gestión eficiente de la energía y entrega de excedentes de autogeneración a pequeña escala que fue emitido por el gobierno colombiano en marzo.
La CREG, que concluyó la consulta pública sobre la resolución a finales de septiembre, señala que la nueva resolución podría crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, “capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia.”
La nueva resolución tiene el objetivo de definir aspectos operativos y comerciales para permitir una mejor integración de dos categorías de autogeneración bajo el esquema de medición neta: la que se define de pequeña escala de potencia hasta 100 kW y la de sistemas fotovoltaicos y de renovables de una potencia entre 100 kW y 1 MW.
La resolución, además, podría introducir un procedimiento simplificado para la conexión de instalaciones de autoconsumo a gran escala con potencia instalada mayor a 1 MW y menor o igual a 5 MW.
La resolución incluye también las normas para la remuneración de los excedentes que generen autogeneradores de renovables, los cuales se reconocerán mediante un esquema bidireccional como créditos de energía.
Según el texto de la resolución publicado por la CREG, para las instalaciones de hasta 100 kW no serán necesarios sistemas de medición que registren la medición horaria, la telemedición de las lecturas del excedente de energía, ni el registro de la frontera comercial. Los proyectos de hasta 1 MW, en cambio, deberán cumplir con los requisitos establecidos para las fronteras de generación en el Código de Media.
Según informa la prensa local, la resolución podría entrar en vigor antes del fin del año.
En Colombia están en auge las instalaciones fotovoltaicas comerciales principalmente. Estos proyectos se acogen a los beneficios tributarios de la Ley 1715, que se aprobó en 2014 y se reglamentó en febrero de 2016, y que contempla, entre otros aspectos, exenciones arancelarias y del IVA.